martes, 8 de septiembre de 2015

De los Socios

Art. 6º Serán socios de Consejo las personas naturales que tengan a lo menos 15 años de edad, que tengan su domicilio en las comunas de Maipú y Cerrillos. Las personas que deseen incorporarse a esta organización funcional deberán inscribirse en los registros de socios correspondientes.
    
Art.7º La calidad de socio se adquiere:

1.-Por su suscripción voluntaria y personal del Acta de Constitución, o
2.-Por inscripción en el respectivo registro de afiliados una vez constituida la Organización.
   
Art.8º La organización deberá llevar un registro público de todos sus afiliados,con los siguientes datos a lo menos:

*  Número de registro y fecha de ingreso
       
*  Nombre completo del socio
       
*  Domicilio en Maipú
       
*  Firma o impresión digital (si no sabe escribir)

         Dicho registro se mantendrá en la sede Comunitaria a disposición de cualquier socio que desee consultarlo y estará a cargo del Secretario de la organización.

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